Colombia actualiza normatividad para el transporte de Power Banks y Baterías de Litio

Por Editorial VeN |   19 de Abril de 2026



La Aeronáutica Civil de Colombia ha emitido nuevas directrices obligatorias para el transporte de baterías de ion-litio y bancos de energía (power banks). Esta medida busca alinear la seguridad operacional del país con los estándares internacionales más recientes para mitigar riesgos en vuelo.

Armonización con estándares internacionales

A partir del 27 de marzo de 2026, entró en vigor las disposiciones técnicas basadas en la Adenda I al Documento 9284 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Este documento corresponde a las «Instrucciones técnicas para el transporte sin Riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea» en su edición 2025-2026.

El objetivo principal de la actualización es fortalecer la seguridad operacional y garantizar que las operaciones aéreas en territorio colombiano sigan los mismos protocolos de seguridad que rigen a nivel global.

Nuevas reglas para el equipaje y uso a bordo

Las nuevas directrices establecen restricciones específicas sobre dónde y cómo pueden transportarse estos dispositivos:

  • Ubicación exclusiva: Los bancos de energía están permitidos únicamente en el equipaje de mano.
  • Prohibición en bodega: Queda estrictamente prohibido el transporte de estos dispositivos en el equipaje facturado o de bodega.
  • Límite de unidades: Se autoriza un máximo de dos (2) baterías de repuesto o dos (2) bancos de energía por pasajero.
  • Restricción de uso: Se establece que los bancos de energía no deberían utilizarse para recargar aparatos electrónicos mientras se está a bordo de la aeronave.
  • Protección individual: Cada unidad debe estar protegida de forma individual para evitar cortocircuitos o activaciones accidentales, cumpliendo con el manual de pruebas y criterios de las Naciones Unidas (ONU).

Clasificación por capacidad

La normativa diferencia los requisitos de transporte según la capacidad de energía de los dispositivos, medida en vatios-hora (Wh):

Hasta 100 Wh

Se permite su transporte habitual bajo las condiciones generales de protección y ubicación en equipaje de mano.

Entre 100 Wh y 160 Wh

Para dispositivos que se encuentren en este rango de capacidad, el pasajero deberá contar con la aprobación previa del explotador aéreo (aerolínea) para poder transportarlos.

Implementación y cumplimiento

La Aerocivil ha recomendado a las aerolíneas y gestores aeroportuarios la actualización inmediata de sus procedimientos operativos, manuales de seguridad y programas de instrucción. Esta transición es fundamental para asegurar que todo el personal del sector esté capacitado para aplicar las nuevas directrices y velar por la integridad de los usuarios del sistema de transporte aéreo.

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